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BECAS PARA ENSEÑANZAS POSTOBLIGATORIAS NO UNIVERSITARIAS CURSO 2025/26

El plazo para solicitar las becas es del 24 de marzo a las 8:00 horas hasta el 14 de mayo de 2025 a las 15:00 horas.

Debes solicitar la beca dentro de este plazo, aunque no sepas qué vas a estudiar o incluso aunque no sepas si estudiarás o no. Indica los estudios que consideres más probables y, hacia septiembre, podrás modificarlos si es necesario. (24.3.2025)

Más información en: https://www.becaseducacion.gob.es/becas-y-ayudas.html

Aunque no sepas qué estudiarás el próximo curso o tengas dudas sobre si estudiarás o no, es necesario presentar la solicitud de beca dentro del plazo.

En el formulario de solicitud, indica los estudios que crees que vas a realizar.

Si al momento de matricularte los estudios son otros, no pasa nada. Tendrás un plazo en septiembre para modificar esta información en la solicitud (accediendo a la sede del Ministerio).


¿Qué son las becas para enseñanzas postobligatorias no universitarias?

Son las becas para estudiantes de enseñanzas postobligatorias convocadas por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

¿Cuáles son las enseñanzas postobligatorias?

Estudiantes que en el curso académico 2025-2026 cursen enseñanzas postobligatorias o superiores no universitarias:

  • Primer y segundo curso de bachillerato

  • Formación profesional de grado medio y de grado superior

  • Enseñanzas artísticas profesionales

  • Enseñanzas deportivas

  • Enseñanzas artísticas superiores

  • Estudios religiosos superiores

  • Estudios de idiomas en escuelas oficiales (incluida la modalidad a distancia)

  • Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la formación profesional y cursos de formación específicos para el acceso a ciclos de grado medio y superior impartidos en centros públicos y privados

  • Ciclos formativos de grado básico

Documentación

No es necesario presentar ningún documento.

Ahora bien, si la administración educativa lo considera necesario, puede solicitarte que presentes documentos originales justificativos de la información incluida en tu beca.

INFOGRAFIA BEQUES

BECAS DE LA DIPUTACIÓN DE TARRAGONA CURSO 2024/25

(Aún no disponemos de la información relativa al curso 25/26)

La Diputación de Tarragona pone a disposición del alumnado de la Escuela becas individuales con el objetivo de facilitar la realización de los estudios artísticos. Las actuaciones becadas incluyen el importe abonado por las tasas de matrícula de los Ciclos Formativos de Grado Superior de las especialidades impartidas, quedando excluidos los proyectos finales de los ciclos formativos. El importe de la beca equivale al porcentaje correspondiente de cada módulo/asignatura/unidad formativa según lo establece la ordenanza fiscal reguladora de las tasas de la Diputación de Tarragona – Tasas por la prestación del servicio de enseñanzas artísticas impartidas en las Escuelas de Arte y Diseño aplicables a cada curso.


  • Objeto y finalidad de la concesión

El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de ayudas económicas, mediante becas individuales, destinadas al alumnado oficial de las Escuelas de Arte y Diseño de la Diputación de Tarragona, para facilitar la realización de estudios artísticos durante el curso 2024/2025.

La concesión de estas becas se rige por las disposiciones incluidas en la convocatoria, dada su especificidad y singularidad. Esta convocatoria se integra en el Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2027 de la Diputación de Tarragona y sus organismos autónomos, en el eje 2 – Modelo socioeconómico, Línea Estratégica 4 «Cultura transformadora», contribuyendo a retener el talento artístico y hacer de la educación un motor de cambio social y un elemento de bienestar común.

Su finalidad es favorecer la asistencia del alumnado a las enseñanzas artísticas impartidas en los centros de música y en las Escuelas de Arte y Diseño de la Diputación de Tarragona, impulsando así la formación artística y el desarrollo cultural en la demarcación de Tarragona.


  • Actuaciones becadas

Las actuaciones becadas corresponden al importe abonado por los precios públicos de matrícula (curso 2024/2025) de los Ciclos Formativos de Grado Superior de enseñanzas artísticas impartidos en las Escuelas de Arte y Diseño de la Diputación en los centros de Tarragona y Reus.
Queda excluido el proyecto final del ciclo formativo del Plan LOGSE y otros programas de estudios no reglados.


  • Requisitos de los beneficiarios

Requisitos generales:

El alumnado beneficiario debe estar matriculado en los Ciclos Formativos de Grado Superior de las Escuelas de Arte y Diseño de la Diputación de Tarragona (excluidos los proyectos finales del Plan LOGSE y otros programas de estudios no reglados) en el curso 2024/2025.

Las personas beneficiarias deben haber abonado el total de la matrícula del curso para el cual se solicita la beca (curso 2024/2025).

El alumnado debe haber obtenido en el último curso académico una nota media igual o superior a 5.

Las personas beneficiarias deben cumplir los requisitos generales previstos en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Base 7 de las Bases Generales de Subvenciones de la Diputación de Tarragona (BOPT de 27/02/2019, inserción número CVE 2019-02028).

El incumplimiento de cualquiera de los requisitos de esta sección dará lugar a la desestimación de la solicitud.

Requisitos específicos

Para poder optar a la beca se deberá cumplir con el siguiente requisito:

Requisitos económicos generales:

La renta y patrimonio familiar de la unidad familiar/unidad económica de convivencia para el curso 2024/2025 no puede superar los umbrales máximos indicados, de acuerdo con los establecidos por el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Real Decreto 201/2024, de 27 de febrero, por el cual se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de becas y ayudas al estudio para el curso 2024-2025.

Número de los miembros de la familia

umbral (Euros)

Familias de un miembro

13.898 €

Familias de dos miembros

23.724 €

Familias de tres miembros

32.201 €

Familias de cuatro miembros

38.242 €

Familias de cinco miembros

42.743 €

Familias de seis miembros

46.142 €

Familias de siete miembros

49.503 €

Familias de ocho miembros

52.850 €

A partir del octavo miembro se añaden 3.340 euros por cada nuevo miembro computable de la familia.

En caso de que no se cumpla el requisito del apartado 3.2.1, la solicitud de beca será desestimada. El/la solicitante no puede oponerse a que la Diputación pueda consultar, a través de servicios de intermediación de datos públicos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, los datos económicos relativos al nivel de renta con la finalidad exclusiva de comprobar los requisitos establecidos para obtener, percibir y mantener la beca solicitada. En caso contrario, el/la solicitante deberá aportar la documentación acreditativa del nivel de renta de todos los miembros declarados en la solicitud.

  • Expresión de la sujeción de la convocatoria al régimen de concesión de concurrencia competitiva

Régimen de la convocatoria: concurrencia competitiva.

La competencia para la aprobación de las convocatorias anuales de los procedimientos de concesión de subvenciones, ayudas, premios y becas en régimen de concurrencia competitiva corresponde a la Presidenta de la Diputación de Tarragona, quien la ha delegado en la Junta de Gobierno (decreto núm. 2023-0005139, de 13 de septiembre de 2023).

  • Forma de presentación de solicitudes

Rellenar y anexar los documentos que se especifican.

Los documentos anexos que deberán incorporarse a la solicitud (a través de la Sede Electrónica) serán los siguientes:

Si el alumno/a realiza el curso 2024/2025 en el centro por primera vez:

Certificado académico original del centro oficial (Ciclos Formativos de Grado Medio o Superior, Bachillerato u otros estudios oficiales), correspondiente al curso 2023/2024 o al último curso realizado, acreditando las calificaciones obtenidas de cada asignatura/módulo y la nota media numérica.

Canales de presentación:

  • La solicitud podrá presentarse por los siguientes medios:

a) Medios electrónicos a través del trámite específico disponible en la Sede Electrónica de la Diputación: https://seuelectronica.dipta.cat/

b) Presencialmente, en soporte papel, en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro habilitadas por la Diputación de Tarragona, preferiblemente con cita previa concertada a través del teléfono 977296617 (Tarragona) o 977448662 (Tortosa), o mediante la aplicación de cita previa de la Diputación (https://citaprevia.ubintia.com/dipta/?idioma=es_ES#nbb

), en horario de 9 a 14 horas. También se podrán usar cualquiera de las otras vías previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La presentación de la solicitud implica el conocimiento y aceptación de todos los requisitos, obligaciones y condiciones incluidos en esta convocatoria.

Además, una vez publicada la resolución de concesión, será necesario que, además del trámite de la solicitud, el alumno/a, progenitor/a o tutor/a realice el trámite “Comunicación de datos fiscales y bancarios” en la Sede Electrónica de la Diputación: https://seuelectronica.dipta.cat/

.

El/la solicitante no puede oponerse a que la Diputación consulte, a través de los servicios de intermediación de datos públicos, a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social, los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social con la finalidad exclusiva de comprobar los requisitos para obtener, percibir y mantener la beca solicitada.

Asimismo, el Área de Intervención comprobará, mediante el procedimiento interno establecido por la Tesorería, que el beneficiario no sea deudor por resolución de reintegro.

En cualquier momento del procedimiento, la Diputación de Tarragona puede requerir al/la solicitante que aporte la documentación acreditativa necesaria.

  • Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona hasta el 10 de junio de 2025.

  • Criterio de valoración de las solicitudes

El único criterio de valoración es académico, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en estas bases.

La valoración de las solicitudes de beca que se presenten cumpliendo el requisito del apartado 3.2.1 se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro:

Nota media

Porcentaje máximo del importe de la matrícula

de 5 a 6

85%

de 6,01 a 7

90%

de 7,01 a 8,50

95%

de 8,51 a 10

100%

  • Cuantía individualizada de las becas

El importe de la beca es el equivalente al porcentaje que corresponda de cada módulo/asignatura/unidad formativa según establece la Norma reguladora núm. 22 del precio público para la prestación del servicio de enseñanzas artísticas impartidas en las Escuelas de Arte y Diseño (Centros de Tarragona y Reus) y en la Escuela para el Arte y la Cultura (Tortosa-Valls) de la Diputación de Tarragona (BOPT de fecha 30-10-2024, inserción número CVE 2024-09817).

  • Plazo de resolución y notificación

Plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento: 6 meses a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

  • Medio de notificación

En la Sede Electrónica de la Diputación de Tarragona (https://seuelectronica.dipta.cat/inici

). La publicación sustituirá la notificación individual y tendrá los mismos efectos.

Enlace a la solicitud en la Sede Electrónica de las becas de arte curso 2024/25